Mientras no se certifique al Registro que un libro está agotado, éste no procederá con la legalización del siguiente del mismo tipo. Con la posibilidad de legalizar libros por Internet, hay que comprobar si existe un libro del mismo tipo legalizado "a priori" en blanco, pues hasta que no se certifique por el órgano de administración de la sociedad que ese libro ya se ha agotado, el Registro denegará una nueva legalización telemática del mismo tipo de libro.
En el caso concreto de la legalización del Libro Diario y del Libro de Inventarios y Cuentas Anuales, cuyo trámite de presentación en el Registro es de periodicidad anual, se debe indicar la fecha de cierre de ejercicio del último Libro legalizado del mismo tipo.