El Reglamento de facturación establece un sistema para emitir facturas que rectifiquen a los documentos originales que no cumplan los requisitos obligatorios. Particularmente será obligatorio emitir una factura rectificativa en los casos en que las cuotas de IVA repercutidas no fueran correctas o se produzca algún supuesto de modificación de la base imponible.
El contenido de la factura rectificativa deberá atender a los requisitos generales y, además, figurarán los datos identificativos de la factura rectificada (número, serie, fecha), el tipo de corrección que se realiza y los importes rectificados.
Las facturas rectificativas se numerarán dentro de una serie específica.
No se consideran facturas rectificativas las emitidas en sustitución de facturas simplificadas.