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Operador Económico Autorizado (OEA)

Un 'operador económico' es una entidad que, en el marco de sus actividades profesionales, efectúa actividades reguladas por la legislación aduanera.

Un Operador Económico Autorizado (OEA) puede ser definido como un operador económico de confianza para las operaciones aduaneras y por lo que, en consecuencia, puede disfrutar de ventajas en toda la Unión Europea.

El OEA adquiere una serie de ventajas y para ello debe cumplir una serie de requisitos.

Ventajas:

  • Menor número de controles físicos y documentales.
  • Prioridad en los controles.
  • Posibilidad de elegir el lugar de la inspección (incluyendo el despacho centralizado nacional).
  • Mayor facilidad para acogerse a procedimientos aduaneros simplificados. Declaraciones sumarias de entrada o salida con datos reducidos.
  • Notificación previa de decisión de reconocimiento físico.
  • Otra serie de beneficios: acceso más sencillo a la aduana, mejoras indirectas o reconocimiento internacional de la figura en sus relaciones comerciales, reducciones de garantías, despacho centralizado nacional, etc.

Las ventajas derivadas de la posesión de certificado de operador económico autorizado no son transmisibles, de forma que sólo puede beneficiarse de ellas el propio titular.

La seguridad es máxima cuando todos los participantes en la cadena logística son operadores seguros. En ausencia de esta circunstancia el riesgo aumenta y las ventajas, lógicamente, disminuyen.

Requisitos de los operadores:

Entre los criterios para la concesión del estatuto de operador económico autorizado el Reglamento (CEE) nº 2913/92 señala los siguientes:

  • un historial satisfactorio de cumplimiento de los requisitos aduaneros,
  • un sistema adecuado de gestión de los registros comerciales y, en su caso, de los registros de transportes, que permita un control aduanero apropiado,
  • en su caso, una solvencia financiera acreditada, y
  • si procede, unos niveles de seguridad adecuados.

Tipos de certificados:

Existen tres tipos, atendiendo a la exigencia de los requisitos y de los beneficios que de ellos se deriven:

  • Certificado Operador Económico Autorizado Simplificaciones Aduaneras.
  • Certificado Operador Económico Autorizado Seguridad y Protección.
  • Certificado Operador Económico Autorizado Simplificaciones y Seguridad.

Sin plazo definido.

Solicitud dirigida a cualquier Dependencia de Aduanas e Impuestos Especiales o al propio Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.

Sede electrónica de la AEAT, se requiere certificado electrónico.

Optativo. La decisión de ser OEA se debe de tomar después de un análisis de coste/beneficio, de tal manera que, cada empresa ha de determinar si las ventajas para su negocio son superiores o no a los costes que ha de incurrir debido a los requisitos exigibles.