Los empresarios, profesionales y agricultores o ganaderos están obligados a practicar e ingresar retenciones o ingresos a cuenta cuando satisfagan retribuciones dinerarias o en especie, en determinadas rentas (por ejemplo rendimientos del trabajo, arrendamientos de inmuebles urbanos, rendimientos de capital mobiliario, etc.). Estas retenciones se ingresarán trimestralmente.
Además tienen obligación de presentar un resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta efectuados.