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Sociedades mercantiles

Comunicaciones y notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) comunica o notifica actos o resoluciones por vía electrónica a través de una Dirección Electrónica Habilitada (DEH).

Asociada a la DEH se habilita para cada contribuyente un buzón para el acceso a dichas notificaciones.

Notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria.

Obligatorio para las siguientes entidades:

  • Sociedades Anónimas y de Responsabilidad Limitada.
  • Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que no tengan nacionalidad española.
  • Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes.
  • Uniones temporales de empresas.
  • Agrupaciones de interés económico, Agrupaciones de interés económico europeas, Fondos de pensiones, Fondos de capital riesgo, Fondos de inversiones, Fondos de titulización de activos, Fondos de regularización del mercado hipotecario, Fondos de titulización hipotecaria y Fondos de garantía de inversiones.
  • Contribuyentes inscritos en el Registro de Grandes Empresas.
  • Contribuyentes que tributen en el Régimen de Consolidación Fiscal del Impuesto sobre Sociedades.
  • Contribuyentes que tributen en el Régimen especial del Grupo de Entidades del IVA.
  • Contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME).
  • Contribuyentes con autorización para presentar declaraciones aduaneras mediante el sistema de transmisión electrónica de datos (EDI).

La Agencia Tributaria notificará por carta a los obligados a recibir comunicaciones y notificaciones electrónicas, su inclusión de oficio, asignándoles una DEH. En los supuestos de nuevas altas en el Censo de Obligados Tributarios la notificación de la inclusión en el sistema de DEH se podrá realizar junto a la comunicación de asignación del NIF definitivo.

¿Cuándo surte efecto una comunicación o notificación electrónica?

Los efectos de la notificación en la DEH se producen en el momento del acceso al contenido del acto notificado, o bien, si este acceso no se efectúa, por el transcurso del plazo de 10 días naturales desde su puesta a disposición en dicha dirección electrónica. Transcurrido el plazo indicado, la notificación se entiende practicada y así constará en el buzón electrónico.

Acceso a las notificaciones electrónicas a través de apoderamiento.

Es posible que las notificaciones y comunicaciones electrónicas enviadas por la Agencia Tributaria sean recibidas en la DEH de un apoderado, persona física o jurídica, que disponga de certificado de usuario propio y a quien el interesado haya apoderado expresamente para la recepción de dichas notificaciones.

Si se dispone de certificado electrónico, el apoderamiento puede ser otorgado telemáticamente mediante el acceso a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, dentro del apartado de "Apoderamiento para la realización de trámites y actuaciones en materia tributaria por Internet".

Es conveniente entrar a la DEH de forma periódica para comprobar si existen notificaciones. El plazo mínimo sería de 10 días naturales para evitar que finalice la posibilidad de atender dichas comunicaciones.

Los efectos de la notificación en la DEH se producen en el momento del acceso al contenido del acto notificado, o bien, si este acceso no se efectúa, por el transcurso del plazo de 10 días naturales desde su puesta a disposición en dicha dirección electrónica. Transcurrido el plazo indicado, la notificación se entiende practicada y así constará en el buzón electrónico.

Todas las comunicaciones y notificaciones estarán 90 días naturales en el buzón de la DEH. Durante ese período, si han sido leídas, se podrá visualizar por completo su contenido cuantas veces se precise. Con posterioridad a este plazo, sólo se podrán consultar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

En cada ejercicio se pueden elegir 30 días naturales de cortesía que otorga la administración, durante los cuales no se efectúan comunicados en la DEH.

DNI o certificado electrónico.

Se podrá acceder a las comunicaciones y notificaciones realizadas en la dirección electrónica habilitada (DEH) a través de los siguientes puntos de acceso:

Acceso al Servicio de Notificaciones Electrónicas: Dirección Electrónica Habilitada (administracion.gob.es)

Obligatorio para las entidades enumeradas en la descripción.